Podemos Linares, en un comunicado, se ha referido a los autónomos de Linares y al acuerdo presupuestario entre el Gobierno y Unidos Podemos. El partido explica que las PYMES y los Autónomos, ante el hundimiento del sector industrial linarense, se han convertido en los mayores generadores de empleo de la ciudad y suponen el mayor porcentaje productivo de nuestra economía.
Es por ello que consideran que el pacto presupuestario entre el Gobierno y el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos, que incluye medidas para los autónomos, como la cuota por ingresos reales, que es una fórmula progresiva para que los autónomos que ganan menos paguen una cuota menor y que conlleva también un cambio en las cotizaciones opcionales, es una buena noticia y una oportunidad para las PYMES y los Autónomos de Linares.
Así explican en su comunicado como cambiarán las cuotas de autónomos en 2019:
“El nuevo sistema introduciría un factor de progresividad y acabaría con la cuota mínima obligatoria actual que es el 29,9% de 932,87€ (o sea, 275€ mensuales) Esto significa que el resto de cuotas serían también proporcionales a los ingresos:
Contingencias profesionales. Cubren los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con una prestación que se cobra al día siguiente de declarar la baja por alguna de las razones previas.
Actualmente esa prestación es el 70% de la base de cotización. El porcentaje sobre la base depende de la actividad. Aunque aún no se incluiría en la cuota obligatoria como un derecho.
Cese de actividad. Vigente desde 2010 y conocida como el desempleo de los autónomos, actualmente en el 2’2%. Seguirá siendo opcional, pero también será progresiva. Este derecho equipara al trabajador autónomo al asalariado, concediéndole la tranquilidad de tener ingresos tras el fin de su actividad.
Si se da de alta como autónomo pero ya está cotizando a la seguridad social como trabajador por cuenta ajena, estará cubierto por accidentes de trabajo. También puede beneficiarse de las bonificaciones en la base de cotización de la siguiente manera; Durante los primeros 18 meses de alta hasta 50% de la base mínima de cotización o durante los siguientes 18 meses de alta hasta el 85% de la base mínima de cotización.”