El Colegio de Abogados de Jaén denuncia que la intención del Gobierno de aplicar el IVA al Turno de Oficio supone un nuevo e innecesario ataque al sistema de Justicia Gratuita en nuestro país. En este sentido, la entidad colegial recuerda que el Turno de Oficio es un servicio público de carácter social, sin elección de cliente y con baremos públicos previamente establecidos fijados por la Administración, y encomendado con carácter obligatorio a la Abogacía institucional. Por ello, “carece de toda lógica que se pretenda gravar con un impuesto como el IVA”, explica el decano del Colegio de Abogados de Jaén, Vicente Oya,
El último problema que ha surgido sobre este servicio es el cambio de criterio interpretativo de la ley del IVA por parte de la Dirección General de Tributos que establece la aplicación de este impuesto al Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita. “Ese aumento del gasto en un 21% no sólo pone en riesgo el sistema público vigente que garantiza el acceso a la Justicia en España en condiciones de igualdad para todas las personas, sino también la estructura organizativa ejemplar y única en Europa que lo hace posible”, indica Oya. El servicio es organizado por los Colegios de Abogados y prestado a los ciudadanos en cualquier lugar de España a través de 43.000 abogados de oficio, 24 horas al día, 365 días al año. En la provincia de Jaén, el servicio es prestado por más de 400 letrados, y es un sistema que funciona sin prácticamente quejas de los usuarios.
El cambio de criterio, respecto al vigente desde 1986, se basa en una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que cuestiona el sistema fiscal existente en Bélgica, basado en un régimen de naturaleza distinta al modelo público español y, por tanto, no aplicable a España. Sin embargo, este nuevo criterio interpretativo se aplica ya en nuestro país desde el 26 de enero, con una celeridad poco frecuente, y obligando a los abogados a entregar una factura al beneficiario de la Justicia Gratuita, cuyo pago del IVA no efectuarán ni el beneficiario ni el abogado sino las Administraciones públicas competentes, tal y como se ha visto obligada a aclarar la propia Agencia Tributaria. “La medida no sólo aumenta profundamente la burocratización del servicio y el trabajo de quienes lo prestan, sino que supone un cargo extraordinario a las arcas de las Administraciones públicas de más de 50 millones de euros anuales, sin necesidad alguna y sin beneficio real para el ciudadano”, aclara Oya.
La Abogacía tiene la obligación de garantizar la prestación continuada del Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita así como su calidad y, en definitiva, el derecho a la tutela judicial efectiva de quienes carecen de recursos para litigar (artículos 24 y 119 de la Constitución). Dada la naturaleza pública y obligatoria del servicio, la prestación de la Justicia Gratuita por los abogados del Turno de Oficio no está sujeta a IVA. “Por legalidad, razonabilidad y eficiencia, los abogados pedimos que se suspenda la aplicación de esta norma de forma inmediata, que no se grave el Turno de Oficio con el IVA, así como que se aborden las reformas necesarias para garantizar la prestación de este servicio no sólo con eficiencia y eficacia, como hasta ahora, sino con la dignidad que merecen quienes lo realizan cada día”, señala.